Lo hizo el Gobierno bonaerense para abordar una estrategia de abordaje. El objetivo es proteger a niños del acoso sexual.
El Gobierno bonaerense promulgó hoy una ley que tiene por
objeto implementar una estrategia de abordaje para la concientización,
prevención y erradicación del grooming en el ámbito de la provincia de Buenos
Aires, con el fin de desarrollar herramientas que permitan proteger a los
niños, niñas y adolescentes de esta modalidad de acoso sexual.
La norma, sancionada el pasado 5 de noviembre en la
Legislatura y publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, determina que
“se entiende por grooming, toda acción que, por medio de comunicaciones
electrónicas contactare a una persona menor de edad, con el propósito de
cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
Así, la autoridad de aplicación deberá diseñar y difundir
contenidos por todos los medios acerca de la existencia de delitos cibernéticos
haciendo especial énfasis en los de carácter sexual que atentan contra la
integridad de niñas, niños y adolescentes.
También, aconsejar el rechazo de los mensajes de tipo sexual
o pornográfico; advertir sobre la peligrosidad de publicar fotos propias o de
amistades en sitios públicos; recomendar la utilización de perfiles privados en
las redes sociales.
Sugerencias
Sugerir no aceptar en redes sociales a personas que no hayan
sido vistas físicamente y/o no sean bien conocidas; respetar los derechos
propios y de terceros, haciendo hincapié en que todos tienen derecho a la
privacidad de datos y de imágenes; y establecer protocolos de actuación en caso
de posibles situaciones de grooming son otras de sus misiones.
A la vez, deberá crear una página web, aplicación para
dispositivos smart, y perfiles de redes sociales para brindar información y
asesoramiento, con carácter concientizador y preventivo respecto a la temática,
permitiendo el ingreso privado para efectuar consultas y generar instancias de
capacitación gratuitas para la comunidad educativa, impulsando la realización
de jornadas, talleres, conferencias, mesas redondas, y charlas que propicien la
prevención del grooming y el acompañamiento digital a los niños, niñas y
adolescentes.
Según indica la norma, la ley dispone que los establecimientos educativos de gestión pública o privada deberán subir a sus páginas web y/o perfiles de internet, los contenidos elaborados para la prevención del grooming, procurando su conocimiento por las familias de la comunidad escolar.
“El Poder Ejecutivo deberá incluir como pantalla de inicio
contenidos que adviertan la problemática del grooming en las computadoras,
tablet, notebook, teléfonos celulares o cualquier recurso tecnológico, que en
el marco de una campaña o programa entregue a los niños, niñas y adolescentes”,
aclara.
Además, los locales comerciales y centros de actividades
destinados a niños, niñas y adolescentes, que tengan páginas y perfiles de
internet, deberán subir a sus redes en forma permanente los contenidos
elaborados por la Autoridad de Aplicación para la prevención del grooming.
Paralelamente, los medios de comunicación y redes sociales
que pertenezcan a la provincia de Buenos Aires, deberán difundir información
sobre el grooming.
Finalmente, la norma establece que la provincia adhiere a la
Ley Nacional N° 27.458, que establece el Día Nacional de la Lucha Contra el
Grooming, cada 13 de noviembre.
LA CAPITAL
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